jueves, 2 mayo, 2024
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Diputados dejan sobre la mesa proyecto de ley otorga 15 días de licencia por paternidad

Jaime Rincon

La Cámara de Diputados dejó este martes sobre la mesa el proyecto de ley que otorga 15 días de licencia a los padres por nacimiento de hijos.

Así lo informó a través de su red social Twitter el proponente de la pieza legislativa José Horacio Rodríguez.

“Muy lamentable que no pudiéramos ponernos de acuerdo y tuviera que quedar sobre la mesa. Miren bien”, expresó el legislador.

La modificación del artículo 54 plantea que el empleador está obligado a conceder al trabajador cinco días de licencia con disfrute de salario, con motivo de la celebración del matrimonio de éste; tres días, en los casos de fallecimiento de cualquiera de sus abuelos, padres e hijos, o de su compañera.

En el párrafo uno del artículo 54 se contempla que para el caso de alumbramiento de la esposa o de la compañera debidamente registrada en la empresa, el empleador otorgará una licencia por paternidad remunerada por veintiún (21) días laborables a partir del nacimiento o adopción del infante.

En tanto que con la modificación del artículo 236 la trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a un descanso obligatorio durante las seis (06) semanas que preceden a la fecha probable del parto y las ocho (08) semanas que le siguen.

Al modificarse el artículo 239 se contempla el descanso pre y postnatal correspondiente a la licencia de maternidad será retribuido a la trabajadora afiliada con un subsidio de maternidad por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el artículo 132, de la ley 87-01.

Se recuerda que el pasado miércoles siete de junio la Cámara de Diputados, aprobó en primera lectura el proyecto de ley que modifica las disposiciones establecidas en los artículos 54, 236, 237, 238 y 239 del Código de Trabajo.

La pieza legislativa de la autoría del diputado José Horacio Rodríguez, tiene por objeto establecer los derechos de los trabajadores y las trabajadoras, ampliando la licencia de maternidad y paternidad, modificando lo establecido en los artículos 54, 236, 237, 238 y 239 del Código de Trabajo de la República Dominicana.

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Redacción
El AutorRedacción