SANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional de la República Dominicana (TC) y el Tribunal Superior Administrativo (TSA) establecieron, mediante sendas sentencias, la legalidad de la Resolución número 070-2023 emitida por el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), así como la legitimidad del organismo regulador para adoptarla.
En su sentencia, el TC rechazó el recurso de inconstitucionalidad presentado por Altice Dominicana y la Compañía Dominicana de Teléfonos (Claro) contra la Resolución número 070-2023 del INDOTEL. Esta resolución establece el Reglamento del Servicio de Itinerancia Automática Nacional (RAN) en beneficio de los usuarios del servicio telefónico. Con esta medida, el alto tribunal confirmó que no se está limitando el derecho de propiedad de las prestadoras propietarias de la red.
Por su parte, el Tribunal habilita a las prestadoras para que, temporalmente, tengan acceso a los servicios que puedan prestar cuando las condiciones dificulten replicar la infraestructura, pagando un precio basado en el costo del servicio, más una remuneración razonable por la inversión realizada. Para los usuarios, el servicio de RAN no implicará cargos adicionales.
En tanto, el TSA, a través de su Cuarta Sala, falló sobre los recursos contenciosos interpuestos, ratificando la facultad que le otorga la Ley General de Telecomunicaciones al INDOTEL para asegurar el derecho de información y comunicación conforme a las disposiciones de esta ley.
En una nota enviada a los medios, INDOTEL explicó que con esta medida se busca establecer reglas que fomenten la competencia y eviten distorsiones en el mercado. Esto permitirá que, mediante acuerdos libremente negociados, un operador (red de origen) pueda hacer uso de la red de otro (red visitada) en lugares donde no tenga cobertura o infraestructura propia, sujeto a las condiciones de uso y pago por el acceso a esa infraestructura.
El reglamento establece que ambas prestadoras (de red de origen y red visitada) deberán contar con condiciones técnicas adecuadas para no degradar la calidad de los servicios de voz, SMS y datos, de acuerdo con las normativas vigentes para la prestación de servicios móviles.
La entrada en vigencia de este reglamento promueve la competencia, facilita la entrada de nuevos operadores, mejora la cobertura de los pequeños operadores y fortalece la penetración de servicios por operadores, pudiendo reducir la concentración de mercado.



