Apenas cinco días después de haber sido depositado por el Poder Ejecutivo, el Senado de la República aprobó de urgencia el proyecto de ley denominado “Plan Anticrisis”, una iniciativa con la que el Gobierno central proyecta recaudar al menos RD$60,000 millones adicionales mediante la aplicación de nuevos gravámenes.
La pieza, cuyo nombre oficial es “Medidas Pro-Crecimiento Económico, Simplificación Fiscal y Mitigación de la Crisis Internacional”, recibió el visto bueno de la Cámara Alta luego de que la comisión bicameral encargada de su análisis, presidida por el senador Pedro Catrain, concluyera el estudio del proyecto en menos de 48 horas. Durante la sesión ordinaria de este miércoles, la comisión rindió un informe favorable y solicitó la declaración de urgencia de la propuesta.
A sugerencia del senador por Samaná, se introdujeron modificaciones a los artículos 28, 37 y 38 de la normativa, los cuales regulan el impuesto a las bancas de lotería y eximen de aranceles a las ambulancias y camiones de bomberos, entre otros aspectos. Con el voto disidente de la bancada de la Fuerza del Pueblo, el proyecto fue despachado y ahora pasará a la Cámara de Diputados para su debate y posterior aprobación.
Los principales cambios impositivos aprobados:
-
Bancas de apuestas y loterías: Se establece un impuesto único anual de RD200,000 ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Por su parte, las bancas de apuestas deportivas pagarán entre RD500,000 anuales. La tarifa máxima de RD$500,000 aplicará específicamente para los negocios ubicados en el Distrito Nacional, Santo Domingo, San Cristóbal, Santiago, San Francisco de Macorís, Puerto Plata y La Vega.
-
Servicios profesionales: El artículo 17 contempla un incremento del 10% al 15% en la retención aplicable a honorarios, comisiones y remuneraciones por servicios prestados por personas físicas de manera independiente (donde intervenga directamente el recurso humano), funcionando como un pago a cuenta.
-
Rentas inmobiliarias: Se añade el artículo 296-1, el cual grava con un 10% de pago único las ganancias de capital obtenidas por personas físicas en la venta de bienes inmuebles. Esta medida solo quedará exenta si el vendedor reinvierte el dinero en la compra de una nueva vivienda dentro de los seis meses posteriores a la transacción.



