La decisión marca un giro relevante en el proceso judicial por el desplome del techo de la discoteca Jet Set, ocurrido el 8 de abril de 2025, tragedia que dejó un saldo de 236 personas fallecidas y 180 heridas.
El magistrado acogió la solicitud presentada por los representantes legales de las víctimas, quienes plantearon que los hechos debían ser evaluados bajo la figura del dolo eventual, al considerar que existían elementos para modificar la calificación jurídica inicial.
Con esta decisión, queda atrás la imputación de homicidio involuntario sustentada en los artículos 319 y 320 del Código Penal vigente al momento de los hechos, bajo la cual los hermanos Espaillat habían sido enviados a juicio de fondo.
A partir de la modificación, el proceso judicial se desarrolla bajo la calificación de homicidio voluntario, conforme a los artículos 295 y 304 del referido código.




