viernes, 26 julio, 2024
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Fiscal de Independencia, Soni Adriano Rosario, entre los imputados en caso Gavilán

Jaime Rincon

El fiscal por la provincia Independencia, Soni Adriano Rosario, fue suspendido de sus funciones tras ser uno de los encartados en la denominada operación Gavilán.

La información fue dada a conocer por la procuradora adjunta y titular de la Dirección de Persecución del Ministerio Público, Yeni Berenice Reynoso, quien dijo existe una investigación penal contra el magistrado.

«Ustedes saben que el MP no acostumbra a dar nombres hasta que no abre la investigación preliminar del caso», expresó la magistrada.

En ese sentido aseguró que con la corrupción, ya sea de la casa, como es este caso, su único compromiso es con la ley.

Berenice Reynoso informó en su momento, se darán a conocer los nombres con todos los fiscales que están siendo acusado de ser parte de la supuesta red criminal que dedicaba a borrar antecedentes penales a cambio de sobornos.

La Operación Gavilán tiene bajo investigación al menos a siete fiscales, contra los que el MP procederá a solicitar ante las jurisdicciones correspondientes la designación de un juez especial, en cumplimiento del procedimiento particular establecido en el marco jurídico para la persecución penal contra servidores del sistema de justicia.

La noche de este miércoles, el juez de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional, Rigoberto Sena, dictó 18 meses de prisión preventiva contra cinco de los 12 encartados en la primera fase de la operación Gavilán, mientras que los demás imputados les fueron impuestos arrestos domiciliarios y garantía económica.

La calificación jurídica del caso es asociación de malhechores, soborno, cibercrimen y lavado de activos, enfrentan cargos por los delitos tipificados en los artículos 59, 60,123, 124, 166, 167, 174, 175, 177, 265 y 266 del Código Penal Dominicano.

También por violación a la Ley 41-08 sobre la Función Pública; los artículos 6 y párrafo 10 de la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología; y el artículo 3 de la Ley 155-17 en perjuicio del Estado dominicano.

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Redacción
El AutorRedacción